Si has sufrido daños personales o materiales por la borrasca Gloria, hasta el 21 de febrero puedes pedir ayudas estatales


Desde el Ayuntamiento os queremos recordar que tenéis a vuestra disposición las habituales ayudas por daños personales y materiales del Ministerio de Interior y a las cuales os podéis acoger si habéis sufrido algún daño que haya sido causado directamente por la borrasca Gloria, que dejó en el municipio lluvia, viento y fuertes fenómenos costeros.

Así pues, según el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el cual se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, se establece el procedimiento para su concesión. Tanto ayuntamientos, como particulares o empresas del municipio afectados pueden solicitarlas.

En este Decreto se regulan las subvenciones que pueden pedir los afectados por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establecen los procedimientos para su concesión.

La Administración estatal ha informado que el plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes desde la fecha de finalización de los hechos causantes de los daños, es decir, hasta el 21 de febrero de 2020.

Según este Decreto, pueden beneficiarse de estas ayudas (artículo 5.1):

  • Unidades familiares o de convivencia económica, que hayan sufrido daños personales.
  • Unidades familiares o de convivencia económica, que hayan sufrido daños materiales en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad.
  • Corporaciones locales, para hacer frente a los gastos de emergencia realizadas.
  • Comunidades de propietarios, por daños en elementos comunes.
  • Titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios.
  • Personas físicas o jurídicas que hayan llevado a término prestación personal o de bienes, a requerimiento de la actividad competente.
  • Las solicitudes son instruidas en las delegaciones del Gobierno, correspondiendo a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (DGPCE), y es el Ministerio del Interior el encargado de su resolución.

Podéis encontrar más información en el web del Ministerio de Interior y de la DGPCE.


 

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