UR03. Prórroga de obras

Descripción

Información general e instancia correspondiente a la solicitud para prórroga de obras.

¿Quién lo puede solicitar?

Indiferente: personas físicas, personas jurídicas, asociaciones...

Documentación a aportar

  • Instancia de la solicitud
  • Copia de la licencia de obra
  • Certificado de lo que queda pendiente de la obra, actualizado y visado
  • Comprobante del pago de la tasa del 1,5 % del que queda pendiente de la obra

La enumeración de la documentación señalada no exime al / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la solicitud.

Plazo de tramitación

El plazo de tramitación es de 3 meses

Precio y forma de pago

Tasa del 1,5 % del que queda pendiente de la obra

Normativa

  • Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Art.8 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística en la CAIB (BOIB núm.141 de 17/11/1990).

¿Quién tramita la solicitud?

Residenciado 1

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Para empresas o asociaciones, ser el representante.

Organismo resolutor

Residenciado 1

Efectos presuntos

Estimatorio

Fin de la vía administrativa

La resolución no pone fin a via administrativa

Recursos

Alzada

 

Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)

Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101

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