Información general e instancia correspondiente a la solicitud para la bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas
Documentación a aportar
Instancia de la solicitud
Fotocopia NIF /NIE del solicitante.
Fotocopia de la escritura del bien inmueble sujeto a bonificación (solo para nuevas solicitudes)
Copia compulsada del título de familia numerosa
Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Certificado de convivencia
Declaración jurada
La enumeración de la documentación señalada no exime al / la solicitante de aportar cualquier otro tipo de documentación o información adicional necesaria para tramitar la solicitud.
Plazo de tramitación
El plazo de tramitación es de 3 meses
Normativa
Art.74.4 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Art.4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de las Familias Numerosas.
Ordenanza fiscal nº 1 reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, vigente en el año en curso
¿Quién tramita la solicitud?
Residenciado 1
Forma de iniciación
A petición del interesado
Requisitos
Ostentar la condición de titulares de familia numerosa
Organismo resolutor
Residenciado 1
Efectos presuntos
Desestimatorio
Fin de la vía administrativa
Sin clasificar
Observaciones
Categorías:
Bonificación del 50 % para valores catastrales hasta 100.000,00 €, para aquellos sujetos pasivos titulares de familias numerosas con tres o más hijos.
Bonificación del 35 % para valores catastrales entre 100.000,01 € y 130.000,00 €, para aquellos sujetos pasivos titulares de familias numerosas con tres o más hijos.
Bonificación del 25 % para valores catastrales superiores a 130.000,01 €, para aquellos sujetos pasivos titulares de familias numerosas con tres o más hijos.
Ni el beneficiario ni los miembros de la unidad familiar pueden ser sujetos pasivos de este importe por ninguna otra vivienda distinta a la afectada por esta bonificación.
Se entenderá que constituye la vivienda habitual aquella en que la totalidad de los miembros de la unidad familiar figuren empadronados.