El Ayuntamiento de Son Servera trabaja en una nueva normativa que regule el uso de los VMP

VMP
Se elaborará basándose en la última Instrucción de la Dirección General de Tráfico.

El Ayuntamiento de Son Servera, ante el aumento de vehículos de movilidad personal en las zonas urbanas del municipio y teniendo en cuenta que estos vehículos se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos, ha tomado la decisión de empezar a trabajar en una nueva normativa que regule el uso basándose en la última Instrucción de la Dirección General de Tráfico, que en vista de las demandas de las policías y de este aumento de vehículos en las calles, sacó a finales del 2019 con la intención de ser una guía transitoria hasta que se publique una normativa oficial.

Primero, hay que aclarar qué tipos de VMP son los que entrarán dentro de la regulación. Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo cual quedan excluidos de esta consideración vehículos con silla, ciclomotores de dos ruedas, vehículos de competición, vehículos para personas con movilidad reducida... y también aquellos patinetes que no puedan sobrepasar los 6 km/h, que son considerados como juguetes.

En los casos en que las características del vehículo sí lo consideran como VMP, la Instrucción indica:

  • Que no se pueden utilizar móviles ni ningún aparato de comunicación en uso del VMP. - No se pueden utilizar auriculares durante la conducción.
  • Solo puede ir un sol pasajero.
  • No pueden circular por aceras ni zonas de peatones.
  • Tienen que llevar luces o reflectantes por la noche.
  • No se puede conducir un VPM bajo los efectos del alcohol ni drogas, y se pueden hacer controles de alcoholemia a los conductores de estos vehículos.

Todas estas actuaciones son sancionables.


Fecha de publicación: 16/07/2020

 

 
 

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